¿Tienes patrimonio en España y no conoces tus obligaciones tributarias?

Asesoría fiscal para no residentes con propiedades en España: diagnóstico, declaraciones y contabilidad. Te explicamos tu situación con claridad — qué debes, qué riesgo tienes y qué hacer a continuación.

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≈0 viviendas en España están en manos de no residentes — la mayoría, sin estar seguros de si están al día.

Por qué elegirnos

Trato directo, sin departamentos ni buzones genéricos.

Honestidad primero: si no nos necesitas, te lo decimos.

Nos quedamos después — no solo en el momento de firmar.

¿Cansado de...

honorarios altos que nadie te explica, de que ningún despacho te avise a tiempo, o de un formulario online barato donde nadie mira tu caso de verdad?

La letra pequeña que nadie lee

Por qué esto es complicado

01

La Orden HAC/623/2026 (BOE, 23 de junio de 2026) acaba de cambiar los plazos de presentación del Modelo 210. Si compraste hace tiempo, es probable que todavía nadie te lo haya contado.

02

Cada inmueble cuenta por separado: un piso, un garaje y un trastero son tres declaraciones, no una.

03

Al vender, te retienen un 3% del precio (Modelo 211). Recuperar esa retención puede llevar meses si nadie hace seguimiento.

04

Hacienda notifica por carta certificada a la dirección del inmueble. Si vives fuera, es fácil que no la recibas a tiempo — y con ella se pierde el descuento por pagar pronto.

05

Y no todo es el 210: IVA si alquilas, alta censal, plusvalía municipal. Cada una con su propio impuesto y su propio plazo — y quien te ayudó a comprar o vender ya no está para contártelo.

06

Si tienes vínculos con más de un país, la pregunta de dónde eres residente fiscal no la responde un test de 183 días — y cada asesor te puede decir algo distinto.

El calendario que nadie te enseña

Cuándo toca cada cosa

Ene – Dic 2026 Abr – Dic 2027 Renta imputada (210) — vivienda sin alquilar Rentas de 2026, se presentan en 2027
Enero Alquiler (210) — sobre el ejercicio anterior
IVA trimestral
Ene4T + 390
Abr1T
Jul2T
Oct3T

La mayoría de estos modelos se presentan sobre el ejercicio anterior: lo que declaras en 2026 corresponde casi siempre a 2025. La venta (retención del 3% + ganancia patrimonial) no va en este calendario: su plazo empieza a correr desde la fecha de la operación, no desde el año natural. Cambia a la pestaña 2026: con la nueva normativa, la renta imputada de 2026 no se declara en 2026, sino entre abril y diciembre de 2027.

Fuente: BOE-A-2026-13573 (Orden HAC/623/2026) · fechas orientativas — verificar contra AEAT antes de actuar.

Soluciones

Dos formas de trabajar con nosotros

Puntual Diagnóstico
  • Informe por escrito con tu situación real
  • Qué debes y qué riesgo tienes
  • Un plan de acción claro, sin letra pequeña

Si tu caso es solo un piso sin alquiler, te lo decimos directamente — hay opciones de 35 €/año que te bastan.

Escríbenos y te contamos tu situación

Sin cuestionarios genéricos ni respuestas automáticas.

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